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Para empezar, tenemos que decirte que reservando tu curso de inglés con nosotros, te entregamos un documento acreditativo de que tu depósito te será devuelto 100% si no te conceden la beca, para empezar con tranquilidad los trámites.
No hace falta que esperes a que el MEC te diga si tienes la plaza o no, mándanos tus datos con una fianza de tan solo 200 euros (todas las empresas miembros de ASEPROCE lo haremos así como norma) y te hacemos la reserva en el destino que elijas. Si después no te dan la Beca, con este documento tienes más que probado que nos hemos comprometido legalmente a devolverte tu dinero ingresado en nuestra cuenta. Tenemos más de 2000 plazas reservadas en destinos clave a precios insuperables, no te quedes sin plaza con nosotros.
Tenéis que presentar la solicitud antes del 30 de Marzo del 2011.
Se convocan ayudas de beca para cubrir los gastos de alojamiento y realización de un curso de lengua inglesa en países cuya lengua oficial sea el inglés.
Rellena el formulario de solicitud de becas que encontrarás en la web www.mec.es en la parte de https://seguweb.mec.es/becasmec/CiudadanoIdiomas.do. Imprime el documento, lo firmas y lo mandas, por correo certificado y acuse de recibo, antes del 27 de Marzo a la siguiente dirección:
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y PROMOCIÓN EDUCATIVA(Cursos de ingles) Calle Torrelaguna, nº 58 28027 MADRID
Una vez solicitada la BECA MEC 2011 se puede seguir como va la tramitación del procedimiento en Internet en https://seguweb.mec.es/consuindivibecas/Login.do.
En el año 2010 las plazas en muchas escuelas se agotaron rápidamente, especialmente en verano, que es cuando más demanda se genera. Este año y con el certificado de devolución que te puedes descargar desde esta página, te aconsejamos que no dejes de reservar tu plaza con antelación, ya que si no te dan la Beca, te devolvemos tu fianza de 200 Euros. Si finalmente no te conceden la Beca, te devolveremos tu dinero y lo tienes sellado desde esta página. Asegurate tu plaza desde ya realizando las siguientes acciones:
Con ello te quedarás tranquilo y te despreocuparás de las prisas y falta de plazas en los mejores programas y las mejores fechas, como les pasó a muchos en el año 2010.
A continuación os listamos y transcribimos toda la información lanzada por el MEC/MEPSYD en su convocatoria publicada en el BOE el 28 de Febrero de 2011.
ORDEN CONVOCATORIA INGLES 2011
Orden EDU/403/2011, de 17 de febrero, por la que se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero, destinadas a titulados en Master en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, a Maestros y a estudiantes de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Maestro.
Muchos son los motivos que avalan la necesidad de potenciar el aprendizaje de lenguas extranjeras. Razones de tipo cultural, educativo, político y económico han llevado al Consejo de Europa a plantear como objetivo para el conjunto del alumnado el conocimiento de dos lenguas extranjeras y a proponer el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación (MCER) y el Portfolio Europeo de las Lenguas (PEL), como documentos que promueven y favorecen el plurilingüismo, la diversidad cultural y la movilidad en Europa.
Partiendo de esta premisa, la Ley Orgánica de Educación presta especial atención a la enseñanza de las lenguas extranjeras a través de diferentes medidas tales como la iniciación temprana a un idioma extranjero en la educación infantil, su generalización en primaria y la inclusión de un segundo idioma a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria.
Pero además de la introducción temprana y del tiempo dedicado existe otro factor fundamental para garantizar la calidad del aprendizaje. Una enseñanza eficaz de las lenguas extranjeras requiere necesariamente una buena formación inicial y permanente del profesorado.
A este último aspecto se orientan estas ayudas, que nuevamente convoca el Ministerio de Educación, específicamente dirigidas a maestros y a quienes estén cursando estudios conducentes a la obtención del título de maestro. El objetivo de las mencionadas ayudas es proporcionar a los nuevos maestros y a quienes van a serlo en un futuro inmediato un complemento a su formación en lengua inglesa, mediante una estancia de al menos seis semanas en un país de habla inglesa, ya que la experiencia demuestra que para obtener una mayor fluidez en el uso del idioma es conveniente realizar estancias de aprendizaje en los países correspondientes. Del mismo modo la incorporación a los niveles de enseñanza secundaria de los alumnos que han cursado la enseñanza primaria en la modalidad bilingüe aconseja extender el ámbito de aplicación de estas ayudas a los titulados en el Master en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas. A estos efectos, se incrementa en 1.250.000,00 euros la dotación destinada a esta convocatoria que alcanza los 6.500.000,00 euros.
Por todo ello, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio («BOE» de 15 de junio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia, he dispuesto:
Primero.– Se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la estancia y realización de un curso para perfeccionar la lengua inglesa de, al menos, 6 semanas de duración, con un mínimo de 20 horas lectivas semanales entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2011 en países cuya lengua oficial sea el inglés y que se relacionan en el anexo a esta convocatoria, por los siguientes importes:
a) 5.850.000 euros para los beneficiarios establecidos en el artículo 2, puntos 1 y 2.
b) 650.000 euros para los beneficiarios establecidos en el artículo 2, punto 3.
Segundo.–
Tercero.–
Las cuantías de las ayudas a que se refiere la presente Orden se diversificarán en función del país de destino, según la siguiente tabla, se abonarán directamente a los candidatos que resulten seleccionados y serán financiadas por el Ministerio de Educación con cargo al crédito 18.08.323M.482.05 de su presupuesto.
- Australia: 3.150 euros.
- Canadá: 2.550 euros.
- Estados Unidos de Norteamérica: 2.550 euros.
- Malta: 1.500 euros.
- Nueva Zelanda: 2.800 euros.
- Reino Unido: 2.100 euros.
- República de Irlanda: 2.100 euros.
Cuarto.–
Quinto.–
La propuesta de concesión se formulará por el órgano colegiado, cuya composición se indica en el apartado siguiente, a través del órgano instructor al órgano concedente, que será el Secretario General de Universidades por delegación del Ministro, Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio («BOE» de 7 de agosto):
Sexto.–
Séptimo.–
De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que, en el plazo de quince días, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
Octavo.–
Noveno.–
Décimo.–
Undécimo.– Las relaciones definitivas de los adjudicatarios de las ayudas se harán públicas a través del «Boletín Oficial del Estado».
Duodécimo.– La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.
Decimotercero.– Procederá el reintegro de la subvención concedida, además de en los supuestos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones, en el caso de que se compruebe el incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
Se entenderá que se da el incumplimiento a que se refiere el párrafo anterior cuando el adjudicatario de la ayuda no realice, por cualquier causa, el curso en el extranjero o no justifique fehacientemente la realización y el abono del mismo. Asimismo, procederá el reintegro parcial de la ayuda cuando el curso se realice en un país en el que la dotación de la ayuda sea inferior a la concedida. A tal fin los beneficiarios deberán aportar, antes del 31 de diciembre de 2011, acreditación de la realización del curso mediante certificación original del centro docente en el que se realizó el curso en el extranjero y en el que se detallará la duración del mismo (mínimo seis semanas) y el número de horas lectivas semanales (mínimo veinte horas semanales). Asimismo, deberán conservar los justificantes referidos a los gastos de viaje y coste del curso en el país extranjero hasta el 30 de diciembre de 2013, ya que podrán ser requeridos por la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes, para la verificación de las fechas, horas lectivas, estancias, etc.
Por otra parte y, a efectos de valoración del programa, los beneficiarios de la ayuda que se convoca por esta Orden deberán cumplimentar el Portfolio Europeo de las Lenguas, al que accederán en la página web www.oapee.es/e-pel/ en la opción «crear un nuevo usuario», con la finalidad de realizar su propio PEL en el que registrarán y describirán su nivel de competencia lingüística antes de la realización del curso de inglés y tras su finalización para hacer constar, en las diferentes secciones de esta herramienta, los progresos realizados durante dicha estancia.
Una vez cumplimentado dicho documento, deberán remitir a la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes, una copia impresa de las secciones del PEL en las que quede reflejada su progresión en el dominio del idioma tras la realización del curso y de su «perfil lingüístico» del Pasaporte de las Lenguas que forman parte del citado Portfolio Europeo de las Lenguas.
Decimocuarto.– Será aplicable a las ayudas objeto de la presente convocatoria la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia y supletoriamente las normas reguladoras de las becas de carácter general.
Decimoquinto.– Estas ayudas se podrán disfrutar por un máximo de doce semanas y serán incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.
Decimosexto.– Contra esta convocatoria se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. Asimismo, podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición final primera
Esta Orden se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1 y 30 de la Constitución, así como de lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Disposición final segunda
Esta Orden se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1 y 30 de la Constitución, así como de lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Disposición final tercera
Se autoriza a la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
Disposición final cuarta
Esta Orden producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de febrero de 2011.—El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.
Otros documentos Informativos del MEC Magisterio sobre la solicitud de las becas
Para que sepáis como nos informa el propio ministerio, transcribimos a continuación toda la documentación que ha publicado el ministerio
El primer documento WORD que ellos mismos han colgado de su página Web en el 2007, dice lo siguiente:
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS SELECCIONADOS PARA REALIZAR UN CURSO DE LENGUA INGLESA EN EL EXTRANJERO.
Para conocer los detalles sobre las características de la ayuda que le ha sido concedida, debe consultar detenidamente la Orden de convocatoria, que aparece en esta misma página.
No obstante, de modo resumido, le detallamos que el M.E.C. se limita a ingresar en su cuenta corriente la cantidad de 1.600 Euros, con el fin de que el alumno contrate libremente y organice, por su cuenta, el curso que deberá reunir las características detalladas en la convocatoria. Asimismo , es el alumno quien elige el país de destino, entre los que figuran en la convocatoria, y la fecha de realización, organizando por su cuenta el viaje y el alojamiento. En definitiva, el M.E.C. no ha efectuado ningún contrato ni convenio con empresas.
De acuerdo con lo anterior, la cantidad de 200 Euros que, como mínimo, deben abonar en concepto de “reserva” se ingresará a la empresa o centro educativo con quien Vd. haya decidido contratar el curso. Una vez hecho este abono, enviarán al M.E.C. justificante del pago, con el “CUPÓN RESPUESTA”. La justificación del pago puede venir en el mismo cupón o en otro documento pero, en todo caso, debe enviarnos el “CUPÓN RESPUESTA” firmado.
Una vez que recibamos su cupón, en las semanas siguientes, recibirán en su cuenta el importe. En este momento recibirán también un e-mail con las instrucciones a seguir a partir de ese momento.
Es imprescindible que disponga del programa ADOBE / ACROBAT para abrir los ficheros en formato “pdf” que se adjuntan en los mensajes que se le envían, y que contienen la documentación e instrucciones necesarias para los interesados.
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