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Para empezar, tenemos que decirte que reservando tu curso de inglés con nosotros, te entregamos un documento acreditativo de que tu depósito te será devuelto 100% si no te conceden la beca, para empezar con tranquilidad los trámites.
No hace falta que esperes a que el MEC te diga si tienes la plaza o no, mándanos tus datos con una fianza de tan solo 200 euros (todas las empresas miembros de ASEPROCE lo haremos así como norma) y te hacemos la reserva en el destino que elijas. Si después no te dan la Beca, con este documento tienes más que probado que nos hemos comprometido legalmente a devolverte tu dinero ingresado en nuestra cuenta. Tenemos más de 2000 plazas reservadas en destinos clave a precios insuperables, no te quedes sin plaza con nosotros.
Tenéis que presentar la solicitud antes del 30 de Marzo del 2010.
Se convocan 25.000 ayudas de 2.100 € cada una para cubrir los gastos de alojamiento y realización de un curso de lengua inglesa en países cuya lengua oficial sea el inglés.
Rellena el formulario de solicitud de becas que encontrarás en la web www.mec.es en la parte de https://seguweb.mec.es/becasmec/CiudadanoIdiomas.do. Imprime el documento, lo firmas y lo mandas, por correo certificado y acuse de recibo, antes del 27 de Marzo a la siguiente dirección:
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE BECAS Y PROMOCIÓN EDUCATIVA(Cursos de ingles) Calle Torrelaguna, nº 58 28027 MADRID
Una vez solicitada la BECA MEC 2010 se puede seguir como va la tramitación del procedimiento en Internet en https://seguweb.mec.es/consuindivibecas/Login.do.
En el año 2009 las plazas en muchas escuelas se agotaron rápidamente, especialmente en verano, que es cuando más demanda se genera. Este año y con el certificado de devolución que te puedes descargar desde esta página, te aconsejamos que no dejes de reservar tu plaza con antelación, ya que si no te dan la Beca, te devolvemos tu fianza de 200 Euros. Si finalmente no te conceden la Beca, te devolveremos tu dinero y lo tienes sellado desde esta página. Asegurate tu plaza desde ya realizando las siguientes acciones:
Con ello te quedarás tranquilo y te despreocuparás de las prisas y falta de plazas en los mejores programas y las mejores fechas, como les pasó a muchos en el año 2009.
A continuación os listamos y transcribimos toda la información lanzada por el MEC/MEPSYD en su convocatoria publicada en el BOE el 27de Febrero de 2010.
ORDEN CONVOCATORIA INGLES 2010
Orden EDU/425/2010, de 15 de febrero, por la que se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero, destinadas a maestros y estudiantes de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Maestro.
Muchos son los motivos que avalan la necesidad de potenciar el aprendizaje de lenguas extranjeras. Razones de tipo cultural, educativo, político y económico han llevado al Consejo de Europa a plantear como objetivo para el conjunto del alumnado el conocimiento de dos lenguas extranjeras.
Partiendo de esta premisa, la Ley Orgánica de Educación presta especial atención a la enseñanza de las lenguas extranjeras a través de diferentes medidas tales como la iniciación temprana a un idioma extranjero en la educación infantil, su generalización en primaria y la inclusión de un segundo idioma a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria.
Pero además de la introducción temprana y del tiempo dedicado existe otro factor fundamental para garantizar la calidad del aprendizaje. Una enseñanza eficaz de las lenguas extranjeras requiere necesariamente una buena formación inicial y permanente del profesorado.
A este último aspecto se orientan estas ayudas, que nuevamente convoca el Ministerio de Educación, específicamente dirigidas a maestros y a quienes estén cursando estudios conducentes a la obtención del título de maestro. El objetivo de las mencionadas ayudas es proporcionar a los nuevos maestros y a quienes van a serlo en un futuro inmediato un complemento a su formación en lengua inglesa, mediante una estancia de al menos seis semanas en un país de habla inglesa, ya que la experiencia demuestra que para obtener una mayor fluidez en el uso del idioma es conveniente realizar estancias de aprendizaje en los países correspondientes.
Por todo ello, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con la Orden de 6 de junio de 2005 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia, he dispuesto:
Primero.– Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, un máximo de 2.500 ayudas de 2.100 euros cada una para la estancia y realización de un curso para perfeccionar la lengua inglesa de, al menos, 6 semanas de duración, con un mínimo de 20 horas lectivas semanales entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2010 en países cuya lengua oficial sea el inglés y que se relacionan en el Anexo a esta convocatoria
Segundo.–
Tercero.–
Cuarto.–
Quinto.–
Las ayudas serán adjudicadas por el Secretario General de Universidades a propuesta de una comisión evaluadora integrada por:
Sexto.–
Séptimo.–
De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que, en el plazo de quince días, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta para la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
Octavo.–
Noveno.–
Décimo.–
Undécimo.– La cuantía de las ayudas adjudicadas se abonará directamente a los candidatos que resulten seleccionados y serán financiadas por el Ministerio de Educación con cargo al crédito 18.08.323M.482.05 de su presupuesto de gastos.
Duodécimo.– Las relaciones definitivas de los adjudicatarios de las ayudas se harán públicas a través del Boletín Oficial del Estado.
Decimotercero.– La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.
Decimocuarto.– Procederá el reintegro de la subvención concedida, además de en los supuestos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones, en el caso de que se compruebe el incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
Se entenderá que se da el incumplimiento a que se refiere el párrafo anterior cuando el adjudicatario de la ayuda no realice, por cualquier causa, el curso en el extranjero o no justifique fehacientemente la realización y el abono del mismo. A tal fin los beneficiarios deberán aportar, antes del 31 de diciembre de 2010, acreditación de la realización del curso mediante certificación original del centro docente en el que se realizó el curso en el extranjero y en el que se detallará la duración del mismo (mínimo seis semanas) y el número de horas lectivas semanales (mínimo veinte horas semanales). Asimismo, deberán conservar los justificantes referidos a los gastos de viaje y coste del curso en el país extranjero hasta el 30 de diciembre de 2012, ya que podrán ser requeridos por la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes, para la verificación de las fechas, horas lectivas, estancias, etc.
Decimoquinto.– Serán aplicables a las ayudas objeto de la presente convocatoria la Orden ECI//1815/2005, de 6 de junio por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia y supletoriamente las normas reguladoras de las becas de carácter general.
Decimosexto.– Estas ayudas se podrán disfrutar por un máximo de doce semanas y serán incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma finalidad.
Decimoséptimo.– Contra esta convocatoria se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. Asimismo, podrá ser recurrida en reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Disposición final primera
Esta Orden se dicta en el ejercicio de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1 y 30 de la Constitución, así como de lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Disposición final segunda
Lo dispuesto en esta Orden se extenderá a todo el territorio estatal salvo a los solicitantes con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco, según lo establecido en el Real Decreto 1014/1985 de traspaso de competencias en esta materia.
Disposición final tercera
Se autoriza a la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
Disposición final cuarta
Esta Orden producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 15 de febrero de 2010.—El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.
Otros documentos Informativos del MEC Magisterio sobre la solicitud de las becas
Para que sepáis como nos informa el propio ministerio, transcribimos a continuación toda la documentación que ha publicado el ministerio
El primer documento WORD que ellos mismos han colgado de su página Web en el 2007, dice lo siguiente:
INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA LOS ALUMNOS SELECCIONADOS PARA REALIZAR UN CURSO DE LENGUA INGLESA EN EL EXTRANJERO.
Para conocer los detalles sobre las características de la ayuda que le ha sido concedida, debe consultar detenidamente la Orden de convocatoria, que aparece en esta misma página.
No obstante, de modo resumido, le detallamos que el M.E.C. se limita a ingresar en su cuenta corriente la cantidad de 1.600 Euros, con el fin de que el alumno contrate libremente y organice, por su cuenta, el curso que deberá reunir las características detalladas en la convocatoria. Asimismo , es el alumno quien elige el país de destino, entre los que figuran en la convocatoria, y la fecha de realización, organizando por su cuenta el viaje y el alojamiento. En definitiva, el M.E.C. no ha efectuado ningún contrato ni convenio con empresas.
De acuerdo con lo anterior, la cantidad de 200 Euros que, como mínimo, deben abonar en concepto de “reserva” se ingresará a la empresa o centro educativo con quien Vd. haya decidido contratar el curso. Una vez hecho este abono, enviarán al M.E.C. justificante del pago, con el “CUPÓN RESPUESTA”. La justificación del pago puede venir en el mismo cupón o en otro documento pero, en todo caso, debe enviarnos el “CUPÓN RESPUESTA” firmado.
Una vez que recibamos su cupón, en las semanas siguientes, recibirán en su cuenta el importe. En este momento recibirán también un e-mail con las instrucciones a seguir a partir de ese momento.
Es imprescindible que disponga del programa ADOBE / ACROBAT para abrir los ficheros en formato “pdf” que se adjuntan en los mensajes que se le envían, y que contienen la documentación e instrucciones necesarias para los interesados.
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